Blog

Nuevo plan de pagos AFIP

novedades afip

Ya se puede adherir al nuevo plan de pagos AFIP. Regularizá tu deuda en hasta 120 cuotas. Es para deudas vencidas hasta el 31/08/2023, para todos los contribuyentes.

nuevo plan de pagos afip

Cómo es el nuevo plan de pagos AFIP

Se instrumentó un plan de facilidades de pago para la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive.

La medida están destinadas a las micro, pequeñas y medianas empresas -tramos 1 y 2-, a las personas humanas y sucesiones indivisas consideradas pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro, y al resto de contribuyentes.

La inclusión de las deudas en los términos del presente régimen, mientras el plan permanezca vigente, permite al contribuyente o responsable considerar regularizado el importe adeudado y provoca el levantamiento de la suspensión en los registros especiales aduaneros.

La adhesión podrá realizarse entre el 17 de octubre y el 29 de diciembre de 2023, ambos inclusive.

Qué deuda se puede incluir en el nuevo plan de pagos AFIP

Se podrán incluir:

  • Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, junto con sus intereses y multas, vencidas al 31 de agosto de 2023.
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses, formulados hasta el 31 de agosto de 2023.

Que deuda no se puede incluir en el nuevo plan de pagos AFIP

No se pueden incluir en el régimen:

  • Los anticipos y pagos a cuenta.
  • El impuesto al valor agregado que se debe ingresar por:
    • prestaciones de servicios digitales.
    • prestaciones de servicios realizadas en el país por sujetos radicados en el exterior, incluso cuando el solicitante se trate de un responsable sustituto.
  • Los aportes y contribuciones destinados al régimen nacional de obras sociales, excepto los correspondientes a los monotributistas.
  • Las cuotas destinadas a las ART.
  • Los aportes y contribuciones con destino al régimen especial de seguridad social para el personal de casas particulares.
  • Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de monotributistas, devengadas hasta el mes de junio de 2004.
  • Los aportes y contribuciones con destino al RENATRE y RENATEA.
  • Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.
  • Los importes fijos mensuales correspondientes al régimen simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos y de la contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios.
  • El impuesto interno a los cigarrillos y el impuesto adicional de emergencia sobre el precio final de venta de cigarrillos.
  • Los anticipos y pagos a cuenta.
  • Las obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago vigentes, excepto que surjan de un ajuste resultante de una fiscalización.
  • Las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago cuya caducidad opere a partir del 1 de octubre de 2023.
  • Los tributos y multas que surjan como consecuencia de infracciones al régimen de equipaje del Código Aduanero.
  • Los intereses, multas y demás accesorios relacionados con los conceptos precedentes, excepto en el caso de intereses sobre capital cancelado de anticipos, pagos a cuenta, retenciones y percepciones.

Condiciones del nuevo plan de pagos AFIP

El plan tiene una cantidad máxima de 120 cuotas, dependiendo de la deuda a regularizar y el tipo de contribuyente.

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto mínimo de cada cuota será de $2.000 y su cantidad máxima se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación del plan, así como la obligación a regularizar.

La tasa de interés de financiación se aplicará en función del tipo de contribuyente y obligación, calculándose a través de la aplicación de un porcentaje sobre la tasa de interés resarcitorio a la fecha de consolidación del plan de facilidades de pago, que podrá ser del 70%, 90% o 100%.

Una vez confeccionado el plan y determinada la cantidad de cuotas, se deberá proceder a su presentación, cuya fecha se considerará como la de consolidación de la deuda.

nuevo plan de pagos afip

Requisitos para adherir al nuevo plan de pagos AFIP

  • Poseer domicilio fiscal contituido.
  • Tener presentadas las declaraciones juradas de los períodos a regularizar mediante el plan.
  • Tener la CUIT activa, sin limitaciones.
  • Tener cuenta bancaria y declarar el CBU en AFIP.

Cómo adherir al nuevo plan de pagos AFIP

La adhesión se hace a través de la web de AFIP, con CUIT y clave fiscal (si no recordás tu clave fiscal, ingresá aquí)

Para adherir a los planes de facilidades de pago se deberá ingresar a “Mis Facilidades”, opción “RG 5.425 – Plan de Facilidades de Pago – Obligaciones vencidas al 31 de agosto de 2023”, entre el 17 de octubre y el 29 de diciembre de 2023, ambos inclusive.

Seguidamente se tendrán que convalidar, modificar, incorporar o eliminar las obligaciones adeudadas a regularizar, elegir el plan de facilidades de pago que corresponda conforme al tipo de obligación a regularizar y seleccionar la CBU a utilizar.

Por último se deberá proceder al envío del plan.

La solicitud de adhesión no podrá ser rectificada y se considerará aceptada con la generación sistémica del acuse de recibo de la presentación, siempre que se cumplan en su totalidad las condiciones y los requisitos.

En esta guía te mostramos los pasos para realizar la adhesión.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *